Tres puntos claves en el argumento de un amparo contra el magistrado Mendoza
Integrantes de asociaciones civiles y una agrupación que protegen los derechos de las mujeres, presentaron un amparo en el Juzgado Quinto de Distrito en contra del nombramiento de Jesús Mendoza Casanova como magistrado del Tribunal Superior de Justicia. Argumentan la violación al derecho de paridad de género, del requisito de honorabilidad y el deber hacer efectivo el acceso a la justicia con perspectiva de género. Entérate:
El pasado jueves 4 de enero, integrantes del Frente por los Derechos de las Mujeres en Yucatán, de la Red de Acompañamiento Yucatán A.C., de la Asociación Civil Red de Mujeres por la Democracia Paritaria A.C., además de mujeres en lo individual, presentaron el jueves 4 un amparo por la violación del proceso legislativo que culminó con el nombramiento de Luis Armando de Jesús Mendoza Casanova como magistrado de la Primera Sala Colegiada Penal y Civil del Tribunal Superior de Justicia del estado de Yucatán.
Las organizaciones firmantes argumentaron tres cosas:
a) Que tanto el gobernador Mauricio Vila, quien propuso la terna de candidatos a ocupar la magistratura, como lesgisladores del Congreso del estado, quienes designaron al magistrado, violaron el requisito de garantizar el derecho a la paridad de género, establecido en el párrafo tercero del artículo 64 de la Constitución del estado de Yucatán. La terna era de tres hombres.
b) Existió también violación a los requisitos establecidos en los artículos 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 65 fracción II de la Constitución del estado de Yucatán, ya que durante el proceso legislativo que culminó con el nombramiento de Mendoza Casanova, se pasó por alto la obligación que tienen (tanto el gobernador como el Congreso) de proponer y nombrar a personas que gocen de buena reputación, que cuenten con una trayectoria laboral intachable y que se hayan conducido con ética en el desempeño de sus funciones. Omitieron analizar que existen antecedentes que demuestran que dicha persona no reúne los requisitos de buena reputación, trayectoria laboral intachable y ética en el ejercicio de su labor. Por una parte, porque existe evidencia de que durante su labor como Juez de los Penal, emitió sentencias en las que violentó la perspectiva de género. También porque el citado Mendoza Casanova ha sido denunciado cuando menos en un par de ocasiones por violencia familiar.
c) El nombramiento de Mendoza Casanova como magistrado significa una violación a la obligación de Juzgar con perspectiva de género, obligación que debe ser garantizada desde el momento en que se propone a personas para integrarse a un Juzgado o Tribunal. Un juzgador con los antecedentes de Mendoza Casanova, representa un riesgo para el acceso a la justicia con perspectiva de género de las niñas, adolescentes y mujeres que radican en el estado de Yucatán.
El Juzgado Quinto de Distrito, órgano judicial que conocerá del juicio de amparo presentado, debe de hacer efectivos los derechos a un recurso judicial efectivo y juzgar con perspectiva de género, admitir el amparo y analizar las violaciones alegadas, de tal manera que ordene que se reponga el procedimiento de nombramiento de magistrada, garantizándose la paridad de género y el derecho de las mujeres y niñas de Yucatán a contar con una verdadera justicia con perspectiva de género.