Todas y todos podemos hacer valer la Ley “3 de 3”
Ya te la sabes: Yucatán es estado pionero en promulgar la Ley “3 de 3”, que inhabilita a alguien que ejerza violencia familiar o sea deudor alimentario a un cargo por elección popular o a ocupar un puesto como funcionario público. Sin embargo ¿Cómo funciona en la práctica? ¿Quién puede denunciar? ¿Qué tipo de denuncia se ejerce? ¿Hay que presentar pruebas? Sobre el tema platiqué con Víctor Hugo Lozano Poveda, diputado del PAN y presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Legislativo, quien nos echó luz con estas respuestas:
- ¿A quiénes alcanza la Ley “3 de 3”? A quienes tengan antecedentes penales de violencia de género o deudores alimentarios y no podrán acceder a cargos de elección popular, pero tampoco a representar cargos públicos de primer nivel. Como ejemplo, esta ley puede alcanzar a quien quiera postularse como diputado o regidor y también a un futuro ministro del Tribunal Superior de Justicia o a un notario.
- ¿Quién denuncia? Puede denunciar cualquier ciudadano, esto es fundamental saberlo.
- ¿Qué tipo de denuncia es? Es una denuncia penal y hay que presentar pruebas para validarla.
- ¿Dónde se hace la denuncia? Ante la Fiscalía General del Estado y en el Tribunal Administrativo de Trabajadores del Estado (para trabajadores) o en el órgano electoral, si es la persona aspira a un cargo por elección
- ¿Qué pruebas se deben presentar? Denuncias por violencia de género o procesos de juicios por deudas alimentarias hacia los hijos.
Víctor Hugo nos contó que el Congreso Yucatán continuará haciendo foros sobre esta ley así como sobre la Ley Vicaria para que aprendamos todos sobre estos temas.- CGO.